Boletín Informativo 19

Ciudad de México, 02 de Abril de 2020.

 

Asunto – Versión Anticipada. Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020.

 

Estimados clientes y amigos.

A todos les envío un cordial saludo esperando que se encuentren bien con la ayuda de Dios en compañía de sus seres queridos.

Les comunico que el 01 de abril de 2020, el Servicio de Administración Tributaria publicó en su página la Versión Anticipada de las reglas 3.3.20 y 3.7.34, así como una modificación al Transitorio Primero, fracción I de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, la cual prevé:

  • Regla 3.3.20 Importación de mercancías donadas a favor de la Administración Pública Federal a través de la Secretaría de Salud y de los organismos descentralizados del Sector Salud.

A través de ésta se establece el procedimiento que deberán seguir la Administración Pública Federal a través de la Secretaría de Salud y de los organismos descentralizados del Sector Salud, para solicitar la autorización para importar sin el pago de impuestos al comercio exterior, mercancía donada del extranjero para hacer frente a la actual contingencia.

  • Regla 3.7.34 “Procedimiento simplificado para importaciones realizadas por la Secretaría de Salud y los organismos descentralizados del Sector Salud”.

Como se indica, se establece que la Secretaría de Salud y los organismos descentralizados del Sector Salud autorizados por ésta, podrán importar las mercancías a que se refieren las fracciones II y III del artículo Segundo del citado Decreto, para hacer frente a la contingencia a la que el mismo se refiere, sin necesidad de agotar los trámites administrativos relacionados con el despacho de mercancías ante las aduanas del país, indicando la documentación que el representante legal o servidor público con facultades de representación de la dependencia u organismo deberá presentar en la Aduana de ingreso.

Ambas reglas en el marco del “Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”, publicado en el DOF el 27 de marzo de 2020.

  • Nuevamente se expresa que las reglas y los anexos relacionados con la tramitación para la Agencia Aduanal, entrará en vigor el 1 de julio de 2020.

Recordemos que la regla 1.1.2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019, aún vigentes señalan que el SAT podrá dar a conocer en el Portal del SAT, de forma anticipada y únicamente con fines informativos, las RGCE y Anexos que faciliten el cumplimiento de las obligaciones aduaneras de los usuarios del comercio exterior. Los beneficios contenidos en dichas reglas y anexos, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.

Nuestro grupo de expertos se pone a tu disposición para asesorarte en este y otros temas fiscales, siempre de forma acorde a la normativa vigente.

Saludos cordiales.

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.

Dirección General Xtrategas