Boletín Informativo 40

Ciudad de México, 24 de mayo de 2021.

 

Asunto – STPS señala que servicios contables y legales no son especializados para efectos del outsourcing.

Apreciables Clientes y Amigos:

Es un gusto enviarles de nuevo un cordial saludo y hacer de su conocimiento que la Secretaría del Trabajo aclaró que las actividades derivadas de contratos mercantiles, como las de despachos contables, legales y de consultorías, no son consideradas servicios especializados y no requieren el nuevo registro para operar, esto es, que las actividades que deriven de una relación comercial o mercantil están exentas de registrarse en el padrón de empresas de subcontratación. La condición en todo caso, señaló Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es que no  se ponga a disposición del cliente a personas trabajadores.

Debe tenerse presente que sólo se permitirá la tercerización de servicios de personal cuando se trate de aquéllos trabajadores que realicen obras o trabajo especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa, y en todo caso, el contratista debe contar con el registro correspondiente ante la Secretaría del Trabajo.

Acérquese a nuestros especialistas para comentar los pormenores de las nuevas disposiciones en materia de outsourcing.

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.

Dirección General Xtrategas