Boletín Informativo 46

Ciudad de México, 2 de diciembre de 2020.

 

Asunto – Vigencia de los permisos, autorizaciones y avisos emitidos por la Secretaria de Economía, derivado de las modificaciones a la Ley del Impuesto General de Importación y Exportación, por la integración de los Números de Identificación Comercial (NICO´S).

Estimados clientes y amigos:

Como lo hemos compartido en anteriores boletines, derivado de la publicación de las modificaciones a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en donde se incluyen los “Números de Identificación Comercial (NICOs)”, existen diversas inquietudes por parte de aquellos importadores y exportadores que cuentan con permisos, autorizaciones y avisos emitidos por la Secretaria de Economía, respecto de la vigencia y validez que estos guardan, al existir un cambio en las fracciones arancelaria, ya que fueron emitidos con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva Ley.

Al respecto me permito señalar que la Secretaria de Economía a través del oficio número 414.2020.3324 del 26 de noviembre de 2020, señalo que para todas las autorizaciones, avisos, permisos, registros y cupos que hubiesen sido emitidos con anterioridad al 27 de diciembre de 2020, seguirán aplicándose hasta su vencimiento, en los términos en que fueron expedidos y podrán ser utilizados para los efectos en que fueron emitidos, siempre que la descripción de las mercancías señaladas en los mismos, coincida con las presentadas ante la autoridad aduanera, por lo que no es necesario solicitar la reexpedición del documento conforme a la nueva fracción arancelaria. 

Únicamente será obligatorio solicitar una nueva autorización actualizando la fracción arancelaria si esta se modificó de una fracción a varias correlativas en los siguientes casos:

  • Registro de Productos Elegibles
  • Validación de Certificados de Origen

Cabe señalar que, desde el cierre de la ventanilla el cual se indicó en boletines emitidos con anterioridad y durante el periodo vacacional todas las solicitudes recibidas, se tendrán como presentadas el primer día hábil del mes de enero de 2021, por lo que cada una de las nuevas solicitudes deberán realizarse considerando las nuevas fracciones arancelarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

En nuestra Firma Xtrategas nos reiteramos a sus órdenes esperando que la información aquí encontrada les sea de utilidad.

Saludos cordiales.

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.

Dirección General Xtrategas