Boletín Informativo 48

Ciudad de México a 3 de noviembre de 2022

Asunto.- Prórroga para la emisión de facturas electrónicas de nómina versión 4.0 y para e.firma de personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza

Apreciables clientes y amigos.

Los saludo esperando que se encuentren bien en compañía de los suyos.

En esta ocasión, nos permitimos informarles que a través del comunicado 053/2022 del pasado 1° de noviembre del presente año, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer una nueva prórroga para la emisión de CFDI de nómina en su versión 4.0, así como la obtención de e.firma para contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas.

Como es de su conocimiento con motivo de la reforma fiscal para 2022, se incluyeron datos obligatorios para el receptor del CFDI, consistentes en los campos como RFC, nombre, razón o denominación social, código postal del domicilio fiscal y la clave de uso del CFDI.

Cabe resaltar que dicha prórroga únicamente abarca los CFDI de nómina, por lo que con la finalidad de que los datos que se proporcionen para la emisión de estos y la base de datos con que cuenta el SAT, sean coincidentes, los contribuyentes que se encuentran obligados a emitir comprobantes fiscales de nómina, tendrán la opción de realizarlo en su versión 3.3, hasta el 31 de marzo de 2023, esto con el fin de que puedan contar con todos los requisitos previstos en las disposiciones fiscales para la emisión del CFDI en su versión 4.0.

Por otra parte el RESICO para personas físicas, que también formó parte de las reformas fiscales para 2022, que adicionaron dicho régimen para una simplificación administrativa y de gestión que permitiera a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de manera rápida, eficaz y sencilla, debiendo cubrir algunos requisitos, entre ellos con la e.firma (firma electrónica), podrán cumplir con dicha obligación hasta el 31 de marzo de 2023, sin que ello implique el incumplimiento de las demás obligaciones fiscales a las que está sujeto dicho régimen.

Es por ello que en caso de no contar con e.firma, se sugiere que se gestione a la brevedad la cita correspondiente para que sea generada, cabe mencionar que a través de diverso comunicado 052/2022 de 1° de noviembre del presente año, el SAT informó que para hacer más eficiente la obtención de alguna cita se puso a disposición de la población en el aplicativo CitaSAT, una alternativa que se denomina fila virtual  que permite ofrecer una atención directa a los contribuyentes a través del envío automático de una cita.

Esperamos que la información aquí proporcionada les sea de utilidad, y les recordamos que en nuestra Firma, nos ponemos a su disposición para ayudarlos a cumplir en tiempo y forma con las disposiciones legales fiscales.

Saludos cordiales.

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.
Dirección General Xtrategas