In 2025

Cambios al apéndice 8 del anexo 22 de las RGCE vigentes.

 

El 12 de mayo de 2025, a través del Diario Oficial de la Federación, en su edición vespertina, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y anexo 22, en el que surgieron los siguientes cambios:

  • Se crean un nuevo complemento para dos identificadores del apéndice 8 del anexo 22 de las RGCE vigentes, relacionados con los precios estimados del anexo 5:
    • Identificador EX (exención de cuenta aduanera de garantía).
      • “Complemento 1”: Se crea la clave 33. Valor igual o superior al precio estimado, conforme al anexo 5 (mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados).
    • Identificador GA (cuenta aduanera de garantía).
      • “Complemento 1”: Se crea la clave 5. Mercancía contenida en el anexo 5 (mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados), que corresponde a muebles y aparatos de alumbrado

Esta modificación entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Se da a conocer el anexo 5 de la resolución de precios estimados.
Actualización a la Miscelánea Fiscal 2025.