Boletín Informativo 40

CIUDAD DE MÉXICO, JUNIO 2019

 

Boletín informativo – Xtrategas logra el primer fallo del Poder Judicial vs. prohibición de compensación universal de impuestos.

 

Estimados clientes y amigos.

 

Me permito enviarles un cordial saludo y comunicarles que nuestra Firma Legal Xtrategas ha obtenido una de las primeras sentencias favorables de amparo a los contribuyentes contra la restricción a la compensación universal de contribuciones.

Como es de su conocimiento, el pasado 28 de octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, que ordena en su artículo 25, fracción VI, en relación con las Reglas 2.3.10, 2.3.11 y 2.3.19 relativas al aviso de compensación de la “Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea fiscal para 2018” y sus Anexos 1-A y 23, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2019, que a partir del 1o. de enero de 2019, se suspendía la compensación universal prevista por el numeral 23 del Código Fiscal de la Federación.

De manera medular, la restricción a la compensación universal sólo permite que los contribuyentes que tengan cantidades a su favor generadas al 31 de diciembre de 2018 que no se hubieran compensado o solicitado su devolución, podrán compensarlas contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto, incluyendo sus accesorios, y por lo que hace al impuesto al valor agregado, cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución.

Nuestra Firma Legal advirtió que dicha medida resultaba lesiva a los derechos e intereses de nuestros clientes y promovió a su nombre juicios de amparo contra dicha medida.

Se han obtenido ya resoluciones y sentencias favorables concediendo la suspensión definitiva así como el amparo y protección de la Justicia Federal en contra del Decreto por el cual se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de diciembre de dos mil diecinueve, específicamente su artículo 25, fracción VI, así como la Sexta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil dieciocho y su anexo 1-A y 23, específicamente las Reglas 2.3.10, 2.3.11 y 2.3.19.

Los motivos de la concesión del amparo, tras el análisis de proporcionalidad de la ley fiscal, se refieren de manera substancial al trato inequitativo a los contribuyentes, en tanto que no se presume su buena fe y las medidas tomadas para evitar la defraudación fiscal no son proporcionadas a conseguir dicho objetivo, sino que castigan innecesariamente al universo de contribuyentes privándoles de un derecho para satisfacer un fin que puede obtenerse por otras vías, pues la autoridad fiscalizadora ya cuenta con diversos medios y procedimientos precisamente encaminados a combatir los actos evasivos y por ello, contemplar la eliminación de la compensación universal resulta evidentemente inconstitucional, por lo cual, se concedió el amparo y protección de la Justicia de la Unión para realizar la compensación de contribuciones por saldos que se tengan a favor contra cantidades que se encuentren obligados a pagar por adeudo propio.

El equipo de profesionales de Xtrategas, nos reiteramos a sus órdenes. Saludos cordiales.

 

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz. 

Dirección General Xtrategas