Boletín Informativo 26

Resolución final a la investigación antidumping de aceros planos recubiertos, originarios de la República Socialista de Vietnam.

Ciudad de México a 24 de febrero de 2023

Apreciables clientes y amigos.

Con el gusto de saludarlos les informo que, el día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución Final del procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de la República Socialista de Vietnam; la cual, tuvo como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2020.

Como recordarán, el pasado 14 de septiembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución preliminar, en las que se determinó continuar con las cuotas compensatorias provisionales a las mercancías antes referidas conforme a los siguientes porcentajes:

  • de 12.34% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Hoa Phat Steel Sheet Co., Ltd. (“Hoa Phat”);
  • de 7.00% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Hoa Sen Group Joint Stock Company (“Hoa Sen”);
  • de 6.64% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Nam Kim Steel Joint Stock Company (“Nam Kim”);
  • de 8.29% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Pomina Flat Steel Joint Stock Company antes Pomina Flat Steel Co., Ltd. (“Pomina”);
  • de 12.08% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Ton Dong A Corporation (“Ton Dong”);
  • de 12.34% para todas las demás productoras exportadoras, y
  • las importaciones provenientes de la productora exportadora Maruichi no se realizaron en condiciones de discriminación de precios.

Como resultado de la investigación, la Secretaría de Economía determinó imponer las cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de aceros planos recubiertos, incluidas las definitivas, temporales y las que ingresan por los regímenes de importación, depósito fiscal, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, recinto fiscalizado estratégico, y cualquier otro que se incorpore a la legislación aduanera, originarias de Vietnam, independientemente del país de procedencia, que ingresen por las fracciones arancelarias siguientes:

Así como aquellas que ingresen al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19 de la TIGIE, o por cualquier otra, conforme a lo siguiente:

  • de 10.32% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Hoa Phat;
  • de 7.00% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Hoa Sen;
  • de 6.40% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Nam Kim;
  • de 8.29% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Pomina;
  • de 10.84% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Ton Dong;
  • de 10.84% para todas las demás productoras exportadoras, y
  • las importaciones provenientes de la productora exportadora Maruichi no se realizaron en condiciones de discriminación de precios.

Como puede apreciarse, los porcentajes aplicables en algunos casos, tuvieron una variación con respecto a los determinados en la resolución preliminar, por lo que con fundamento en el artículo 10.3 del Acuerdo Antidumping y 65 de la Ley de Comercio Exterior, deberán modifíquese y hacerse efectivas las garantías que se hubieren otorgado por el pago de las cuotas compensatorias provisionales o, en su caso, se deberá solicitar la devolución, con los intereses correspondientes,  de las cantidades que se hubieran enterado por dicho concepto.

El área de dumping de Xtrategas, se encuentra a sus apreciables órdenes en caso de requerir de servicios en torno a este tipo de mercancías.

En nuestra firma nos aseguramos que la información aquí encontrada les sea de utilidad, recordando que Xtrategas se encuentra a su disposición por las posibles consultas que se pudiesen generar acerca de la información aquí establecida.

Saludos cordiales.

 

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.
Dirección General Xtrategas