Boletín Informativo 21

Ciudad de México, 11 de abril de 2019

 

Asunto: Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 113 y se adiciona el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación.

 

Estimados clientes y amigos.

A todos les envío un cordial saludo y me permito compartirles la Iniciativa con proyecto de Decreto por el cual el pleno de la Cámara de Diputados, el pasado 08 de abril de 2019, aprobó la reforma a la fracción III del artículo 113 y la adición del artículo 113 bis del Código Fiscal de la Federación.

Dicha Iniciativa pretende desincentivar la comisión del delito de emisión de facturas para simular operaciones inexistentes, así como fortalecer los mecanismos de vigilancia y control para erradicar la corrupción en la prestación de servicios o adquisición de bienes.

En la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 113 y se adiciona el artículo 113 bis del Código Fiscal de la Federación, se expone lo siguiente:

  • Se reforma la fracción III del artículo 113 y se precisa que se impondrá una sanción de tres meses a seis años de prisión, excluyendo los supuestos de expedir o enajenar, únicamente tomando en consideración a quienes adquieran comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
  • Se adiciona el artículo 113 Bis, el cual establece que se impondrá una sanción de tres a seis años de prisión, al que expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Cualquier comentario o duda que surja con relación a la interpretación y aplicación de este singular Decreto, quedamos como siempre a sus gentiles órdenes.

A todos, saludos cordiales.

 

Atentamente, Lic. Carlos C. Sarabia Díaz. 

Dirección General Xtrategas