In 2026

Impactos clave en operación y regulación para actividades vulnerables

El 27 de marzo de 2026, la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Estas modificaciones introducen cambios relevantes que impactan directamente la operación y cumplimiento de los sujetos obligados, bajo la supervisión de autoridades como el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera.

Principales cambios

  • Aviso en 24 horas
    Se deberá presentar aviso aun cuando la operación no se haya concretado, siempre que se cuente con información que identifique a la persona que intentó realizarla.
  • Imposición de sanciones sin procedimiento previo
    La autoridad podrá requerir información, documentación, datos o imágenes; en caso de incumplimiento, podrá imponer sanciones sin agotar el Procedimiento Administrativo Sancionador previsto en la normativa general.
  • Uso de bases de datos institucionales
    El Servicio de Administración Tributaria podrá sustentar sus actuaciones en bases de datos, expedientes o información a la que tenga acceso, sin obligación de revelar al sujeto obligado las fuentes consultadas ni los resultados obtenidos.
  • Conservación de información por 10 años
    Se establece la obligación de resguardar, física o electrónicamente, la documentación soporte de actividades vulnerables, así como los acuses electrónicos, por un plazo mínimo de 10 años.

Régimen transitorio

  • El Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación.
  • Se mantiene la obligación de cumplir con las reglas de carácter general vigentes al 17 de julio de 2025 y sus posteriores modificaciones, respecto de diversas obligaciones previstas en la Ley.
  • El cómputo del plazo de 10 años para la conservación de información inicia respecto de los actos u operaciones realizados a partir del 17 de julio de 2025.

Implicaciones prácticas

Estas reformas fortalecen las facultades de verificación y sanción de la autoridad, elevando el nivel de exigencia en materia de:

  • Control documental
  • Trazabilidad de operaciones
  • Respuesta inmediata a requerimientos
  • Integración de expedientes electrónicos completos y consistentes

En este nuevo entorno, el incumplimiento no solo genera sanciones, sino que puede detonar riesgos mayores, incluyendo restricciones operativas o afectaciones financieras.

¿Qué recomendamos?

  • Fortalecer la integración del expediente electrónico por operación
  • Asegurar la trazabilidad de clientes, operaciones y recursos
  • Implementar controles internos y políticas antilavado robustas
  • Prepararse para atender requerimientos en plazos reducidos

Si realizas actividades vulnerables en comercio exterior, en Xtrategas podemos apoyarte en la implementación de esquemas de cumplimiento que garanticen seguridad jurídica y operativa.

Quedamos a sus órdenes.

Contacto: Lic. Manuel Gómez Llanos : 55 2524 5376Lic. Sandra C. Pérez:  55 4193 6303  y Lic. Yolanda Segovia: 56 3040 5034

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