In 2026

Empresas de Mensajería y Paquetería

 

Artículo 38-A (Nuevo).

  • Se permite el despacho simplificado para mercancías transportadas por empresas de mensajería y paquetería autorizadas.
  • Aplica siempre que el valor no exceda el monto que establezcan las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).

Impacto: Mayor agilidad operativa en envíos de bajo valor.

Artículo 38-B (Nuevo)

  • Se podrán establecer facilidades mediante reglas para la prórroga de autorizaciones de estas empresas.

Impacto: Simplificación administrativa.

Documentación y Facultades de Revisión

Artículo 64-A (Nuevo)

  1. La autoridad podrá revisar en cualquier momento:
    • Autenticidad
    • Validez
    • Congruencia
    • Legalidad
      de los documentos anexos al pedimento (art. 36-A Ley Aduanera).
  2. Se podrán requerir documentos físicos originales para cotejo.
  3. Se entenderán presentados cuando estén transmitidos los acuses del Sistema Electrónico Aduanero.

Impacto relevante:
Mayor riesgo de revisiones posteriores. Se refuerza la obligación de control documental sólido.

 

Toma de Muestras

Artículos 74 y 75 (Reforma)

  • Ahora la toma de muestras puede realizarse:
    • En reconocimiento aduanero.
    • En cualquier modalidad de facultades de comprobación.

Antes: Solo en reconocimiento, OVT o visita domiciliaria.

Artículo 76-B (Nuevo)

  • Permite toma de muestras con apoyo de terceros especializados.

Impacto: Mayor alcance técnico y probatorio para la autoridad.

Responsabilidad del Agente Aduanal

Artículo 78 (Derogado)

Se elimina la excluyente de responsabilidad respecto al país de origen en mercancías sujetas a cuota compensatoria.

Consecuencia:
Mayor responsabilidad del agente aduanal en verificación de origen.

 

Valor en Aduana y Documentación Comercial.

Artículo 81 (Reforma)

  • Se sustituye “factura comercial” por:
    • CFDI o documento equivalente
  • Se agregan conceptos:
    • Orden de compra
    • Valor comercial
  • Se incorporan:
    • Notas de crédito
    • Descuentos especiales (numerario o especie)

Impacto: Mayor alineación con fiscalización electrónica y trazabilidad financiera.

Expediente Electrónico.

Artículo 81-A (Nuevo)

No basta digitalizar documentos. Se requiere:

  • Procedimientos internos formalmente documentados.
  • Mecanismos de validación y verificación.
  • Sistema de respaldo del expediente electrónico.

Impacto crítico: Cumplimiento tecnológico y control interno obligatorio.

Carta de Crédito.

Artículo 134-A (Nuevo)

  • Obligatoria su transmisión como Documento Electrónico al pedimento.

 

Mercancías Temporales Dañadas.

Artículo 141-A (Nuevo)

  • Refuerza procedimiento para destrucción de mercancías temporales dañadas que no puedan retornarse.

Consejo Aduanero (Nueva Figura Clave)

Se fortalece la figura del Consejo Aduanero, que ahora interviene en:

  • Artículo 190: Habilitación de recinto fiscalizado estratégico.
  • Artículo 211-A: Integración del Consejo.
  • Artículo 212: Convocatoria de agente aduanal según necesidades detectadas.
  • Artículo 214: Otorgamiento de patente.
  • Artículo 226: Cancelación de patente por omisiones derivadas de facultades de comprobación.

Impacto estructural: Mayor control institucional en autorizaciones y sanciones.

 

Causales de Cancelación de Patente

Artículo 229 (Reforma)

Se amplía concepto de mercancías prohibidas para efectos de cancelación de patente.

Artículo 230 (Derogado)

Se elimina criterio relativo al desconocimiento de operación por parte del importador/exportador.

Efecto: Se endurece régimen de responsabilidad.

 

Agencia Aduanal

Artículo 235-B (Nuevo)

  • Define la aduana de adscripción.
  • Debe coincidir con domicilio fiscal.
  • Si no coincide, puede elegir entre autorizadas.

Artículo 235-F (Nuevo)

  • Obliga a conservar como parte de la manifestación de valor los documentos del artículo 81.
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