Boletín 93 | 19 de octubre de 2026
Se actualiza la superficie y se establecen condiciones para la administración y aprovechamiento de recinto portuario en Mazatlán
La Secretaría de Marina (SEMAR) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica la delimitación y determinación del recinto portuario del Puerto de Mazatlán, ubicado en el Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa.
1. Nueva delimitación del recinto portuario
El Acuerdo establece una superficie total de 26,872.2073 m², distribuida en:
- Zona Federal Marítima (agua): 8,746.5049 m².
- Zona Federal Marítimo Terrestre: 4,875.3189 m².
- Terrenos Ganados al Mar: 13,250.3835 m².
2. Administración y aprovechamiento
- Las áreas delimitadas quedan bajo la administración de la Secretaría de Marina y se destinan a instalaciones y servicios portuarios.
- Su uso y aprovechamiento se sujetarán a la Ley de Puertos, al Programa Maestro de Desarrollo Portuario y a las disposiciones ambientales aplicables.
- Las concesiones, permisos y autorizaciones previamente otorgados conservarán sus efectos hasta concluir su vigencia.
Punto relevante
El Acuerdo entra en vigor el 20 de octubre de 2026 y deja a salvo los derechos de terceros. Las autoridades competentes mantendrán sus atribuciones de vigilancia y cumplimiento normativo, incluso en las áreas concesionadas.
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