In 2025

DECRETO por el que se expiden el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos

El 03 de octubre de 2025, se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se expiden el Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos, Reglamento de la Ley de Geotermia, Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico, Reglamento de la ley de Biocombustibles, Reglamento de la Laye de Planeación y Transición Energética y, se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos.

Algunas de las disposiciones más destacadas del Reglamento son:

Disposiciones Transitorias de la Ley del Sector de Hidrocarburos

  • El Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación.
  • Se abrogan el Reglamento de la Ley de Hidrocarburos y el Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, publicados el 31 de octubre de 2014.
  • Los permisos en trámite se resolverán conforme a la normativa anterior cuando no haya contradicción con el nuevo reglamento.
  • Se abroga el Acuerdo CNH.E.60.006/2020, que contenía los Lineamientos de Supervisión publicados el 5 de febrero de 2021.
  • El Gestor del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural tiene 15 días hábiles, contados desde la entrada en vigor del reglamento, para presentar a la Secretaría la propuesta del plan quinquenal 2025–2029. La Secretaría seguirá el procedimiento del artículo 168.
  • Mientras se emite el plan quinquenal, la Secretaría debe definir los proyectos de cobertura social y estratégicos de gas natural, conforme al artículo 169.
  • Siguen vigentes todas las disposiciones, NOM´s, lineamientos y normas emitidas antes del nuevo reglamento, siempre que no se contrapongan con la Ley o este reglamento.
  • Continúan vigentes las especificaciones actuales de calidad de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, hasta que se emitan nuevas NOM´s, para no afectar el suministro nacional.
  • Hasta que la Secretaría emita nueva regulación sobre Mecanismos de Asignación de Capacidad, la Comisión resolverá temas de Acceso Abierto y servicios por ductos y almacenamiento, con base en la normatividad de la extinta CRE.
  • En tanto no se emita nueva normatividad para la integración de infraestructura a Sistemas Integrados, la Comisión atenderá estos asuntos según la regulación previa de la CRE.

En Xtrategas, confiamos en que este resumen les sea de utilidad para una mejor comprensión del nuevo marco regulatorio, y reiteramos nuestro compromiso para brindarles acompañamiento y asesoría en el cumplimiento de la normatividad vigente.

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