Reglas para el nuevo Aviso Automático de Exportación.
Posterior a la publicación del “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”, gracias al diálogo entre las diferentes Cámaras e involucrados del Comercio Exterior con la Secretaría de Economía, se ha logrado que esta disposición se prorrogue, permitiendo a las empresas contar con un periodo de prevención antes de su entrada en vigor.
Es por eso que, se prorroga la aplicabilidad del Acuerdo hasta el próximo 07 de julio de 2025, teniendo que las solicitudes serán recibidas a partir del 30 de junio de 2025.
Es importante mencionar que, las solicitudes únicamente deberán ser enviadas al correo aviso.exportacion@economia.gob.mx en un horario de 9:00 am a 18:00 pm, de lunes a viernes, en la que se debe adjuntar el formato de Excel con la información de la operación.
Una vez que se envíe la solicitud, la DGFCCE cuenta con diez días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para emitir un Aviso automático de exportación por fracción arancelaria.
Les recomendamos que se prevengan con sus operaciones de exportación, ya que entraría en vigor el 07 de julio, de acuerdo a prórroga, sin embargo, las respuestas estarían a partir del 14 de julio, ya que las solicitudes se van a realizar el 30 de junio.
Estaremos dando a conocer las publicaciones que dé a conocer la Secretaría de Economía relacionada con el tema que nos ocupa.
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