In 2025

Cambios en el Aviso Automático de Exportación.

 

El día 20 de junio del año en curso, la Secretaría de Economía, emitió oficio número 516.2025.2089, en el cual se comunica la prórroga de aplicabilidad de los Avisos Automáticos de Exportación, los cuales iniciarán el 11 de agosto y se podrá iniciar con los trámites correspondientes a partir del 28 de julio. 

Así mismo, se informa que quedan excluidas 25 de las 30 fracciones arancelarias que se encontraban sujetas, siendo estas las siguientes:

  • Bebidas alcohólicas: Cerveza de malta (2203.00.01) y tequila (2208.90.03).
  • Equipos y partes industriales: Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire (8415), partes destinadas a motores (8409 y 8412), máquinas y aparatos para producción de frío (8418), convertidores catalíticos (8421), cables de fibra óptica (8544) e instrumentos y aparatos para regulación (9032).
  • Metales preciosos: Plata (7106).
  • Tecnología y comunicaciones: Partes y accesorios de los dispositivos portátiles de cómputo (8471 y 8473), switching routers (8517), Monitores y proyectores (8528), aparatos para control o distribución de electricidad (8528) y aparatos y máquinas eléctricos (8543).
  • Dispositivos médicos: Equipos y partes clasificadas en la partida 9018 (9401).

Es por eso que, se les invita a todos los exportadores revisen si sus productos se encuentran dentro de las fracciones sujetas a este Aviso Automático de Exportación, a fin de que aprovechen esta nueva prórroga e implementen nuevos procesos, así como gestionar sus tiempos y eviten demoras en sus operaciones de comercio exterior.

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