In 2026

Se reforman las tasas del IGI de 185 fracciones arancelarias.

 

El 23 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, de los que derivaron dos modificaciones relevantes:

  • Se renueva la vigencia respecto de la tasa del IGI en 185 fracciones arancelarias relativas a productos químicos, cosméticos, papel y cartón, textiles, acero, artes gráficas, manufacturas de aluminio, autopartes, material eléctrico, bicicletas, instrumentos musicales, muebles, entre otros.
  • Se adicionaron fracciones arancelarias al Decreto PROSEC del artículo 5, fracciones I, II, inciso b) y XIX, las cuales tendrán una tasa exenta (EX), correspondiente a los sectores de la industria eléctrica, electrónica, automotriz y de autopartes.

 

Renovación de aranceles de diversas fracciones arancelarias de la TIGIE.

Se renovó la vigencia de las tasas aplicables a 185 fracciones arancelarias, teniendo como antecedente el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación” del 22 de abril de 2024, en donde se establecieron incrementos en 544 fracciones arancelarias.

Derivado de las 544 fracciones arancelarias que se implementaron en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de abril del año 2024, y cuya vigencia se proyectaba en el año 2026, se informa que 362 fracciones arancelarias fueron renovadas mediante el Decreto del 29 de diciembre del año 2025.

Con la publicación actual, 185 fracciones arancelarias mantienen la tasa prevista en el Decreto del año 2024; por su parte, aquellas fracciones restantes que no fueron contempladas en la nueva publicación, revierten a las tasas arancelarias vigentes con anterioridad a la implementación del referido Decreto de 2024.

Dichos ajustes, oscilan entre el 5% al 35%, con una vigencia de 2 años contados a partir de su publicación.

 

Los sectores impactados se detallan a continuación:

Las tasas publicadas no presentan incrementos respecto a los aranceles dados a conocer en la publicación del año 2024; su vigencia se ha renovado de manera indefinida.

 

Ajustes al Decreto de Programas de Promoción Sectorial (PROSEC)

El Decreto también incluye y reforma el artículo 5 del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, la cual enumera los insumos, maquinaria y equipo que los productores pueden importar con arancel preferencial, agrupados por sectores, los referidos se detallarán en la tabla que se incluirá posteriormente, entre las principales modificaciones, se encuentran fracciones arancelarias de productos de acero que se mantienen con arancel exento dentro de determinados sectores PROSEC:

Resulta relevante mencionar que, la reforma al Decreto PROSEC es prominente porque permite que tales sectores sigan teniendo aranceles preferenciales y/o exentos, aun cuando la TIGIE haya sido modificada.

Conforme a lo dispuesto, el Decreto tendrá validez oficial a partir del 24 de abril de 2026, cumpliendo con el plazo de un día posterior a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Se dan a conocer los publicaciones relevantes para que sean consideradas en la operaciones de comercio exterior.

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