Boletín Informativo 72

Ciudad de México, 21 de Diciembre de 2021.

 

Asunto – NO HAY PRÓRROGA PARA EL COMPLEMENTO CARTA PORTE, CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021.

Apreciables Clientes y Amigos:

Con el gusto de saludarlos, y deseando que pasen felices fiestas junto a su familia y amigos, les informo que el día de hoy se dio a conocer la “Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021” publicado en el Diario Oficial de la Federación donde se reforma el artículo décimo primero transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, la cual se publicó el 18 de noviembre del año en curso.

Entre otros se ratifica que las reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9., correspondientes a el uso del complemento Carta Porte del Comprobante Fiscal Digital por Internet, será de manera obligatoria a partir del 1ro de enero del 2022.

Como se había comentado en nuestras platicas acerca del complemento Carta Porte, no hubo prorroga para su entrada en vigor, tampoco señala que se extienda el plazo para no ser sancionable, por lo que les recordamos que deben de considerar la normatividad aplicable para cumplir con dicha disposición.

En nuestra firma nos aseguramos que la información aquí encontrada les sea de utilidad, recordando que Xtrategas se encuentra a su disposición por las posibles consultas que se pudiesen generar acerca de la información aquí establecida.

Saludos cordiales y felices fiestas.

 

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.

Dirección General Xtrategas