Boletín Informativo 23

Ciudad de México, 27 de Abril de 2020.

 

Asunto – Acuerdo General número 7/2020, por el que se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales.

 

Estimados clientes y amigos.

Presentes.

Me permito enviarles un cordial saludo y compartir con Ustedes un tema de interés en estos días y compartirles el Acuerdo General número 7/2020 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En el cual se expone lo siguiente:

  • Se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales.
  • Se declaran inhábiles los días del periodo comprendido del seis al treinta y uno de mayo de dos mil veinte.
  • Se habilitan los días que resulten necesarios para las actuaciones jurisdiccionales, con el objeto de que:

1.- El Ministro Presidente y los Ministros instructores provean, en el ámbito de su competencia, sobre las controversias constitucionales urgentes en las que se solicite la suspensión y se ejecuten las actuaciones judiciales que resulten necesarias.

2.– El Pleno y las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación celebren sus sesiones a distancia mediante el uso de herramientas informáticas, en los términos de la normativa aplicable y se firmen los engroses de las resoluciones emitidas en esas sesiones mediante el uso de la FIRMA ELECTRONICA CERTIFICADA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION –FIREL- o del CERTIFICADO DE E.FIRMA –FIEL- y e notifiquen por lista o por rotulón electrónico de las resoluciones respectivas.

Esta medida es derivada de la contingencia sanitaria por la pandemia de COVID-19 e implica que el alto tribunal continuará sesionando de manera remota como lo determinó desde el pasado 20 de abril del 2020.

Cualquier comentario o duda que surja con relación a la interpretación y aplicación de este Acuerdo General, quedamos como siempre a sus gentiles órdenes.

A todos, saludos cordiales.

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.

Dirección General Xtrategas