In 2026

Boletín 109 | 2 de noviembre de 2026

Nuevas obligaciones de cumplimiento normativo para el sector cementero, sujetas a condiciones de exigibilidad.

La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la NORMA Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-023-SE-2026, Industria del cemento-Cementos hidráulicos-Especificaciones de calidad, métodos de prueba e información comercial, que establece requisitos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad para los cementos hidráulicos destinados al mercado nacional.

Principales disposiciones

  • Campo de aplicación: Cementos hidráulicos fabricados, importados o comercializados en territorio nacional.
  • Especificaciones de calidad: Requisitos de composición, resistencia a la compresión, tiempo de fraguado, estabilidad de volumen y características químicas.
  • Certificación: Evaluación de la conformidad mediante organismos acreditados y aprobados por la Secretaría de Economía.
  • Muestreo y pruebas: Podrán realizarse en plantas, almacenes, puntos de venta y puntos de entrada al país, según corresponda.
  • Información comercial: Obligación de proporcionar datos de identificación del producto, fabricante o importador, país de origen, cantidad y designación normalizada.

Implicaciones para el comercio exterior

La NOM establece requisitos que deberán considerarse en las operaciones de importación de cemento hidráulico:

  • Certificado de Conformidad de Producto (CCP): Se expedirá por producto y planta productora.
  • Documentación técnica: Los resultados de las pruebas deberán respaldar el cumplimiento de las especificaciones aplicables.
  • Etiquetado: Los productos envasados deberán contar con información comercial legible en español.
  • Producto a granel: La información requerida deberá incorporarse en la factura o remisión correspondiente.
  • Certificaciones existentes: Se contempla un esquema de evaluación para productos con certificación vigente conforme a la NMX-C-414-ONNCCE-2017, bajo las condiciones previstas en la NOM.

La NOM entra en vigor el 3 de noviembre de 2026, pero su cumplimiento no será exigible hasta que existan suficientes Organismos de Evaluación de la Conformidad acreditados y aprobados.

La norma tendrá una vigencia máxima de seis meses, prorrogable una sola vez por un periodo igual.

Se publica la norma debido a la necesidad de contar con las especificaciones de seguridad y métodos de prueba, para los cementos hidráulicos que se fabriquen, importen y/o comercialicen en territorio nacional, para proporcionar seguridad al usuario de estos productos

Para las empresas del sector cementero, será importante dar seguimiento a la declaración de exigibilidad y revisar anticipadamente sus procesos de certificación, documentación técnica e información comercial.

En Xtrategas, damos seguimiento a las nuevas disposiciones de comercio exterior y Normas Oficiales Mexicanas que inciden en las operaciones de importación.