In 2026

Se prorroga la entrada en vigor de la Manifestación de valor electrónica.

Se publica la Tercera Versión Anticipada de la 2 da resolución de las RGCE 2026. 

El 31 de julio de 2026 mediante el portal de resoluciones anticipadas del SAT se dio a conocer la tercera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026.

Esta versión conserva los cambios realizados de la segunda versión anticipada para las reglas 1.4.12., 4.5.15., 4.5.33., 7.1.4., 7.1.5. y 7.2.1. y también introduce cambios operativos sustanciales y extensiones de plazos con respecto a la entrada en vigor de la manifestación de valor electrónica mediante modificaciones a la regla  1.5.1., los cuales son los siguientes:

  • Se prórroga la entrada en vigor de la Manifestación de Valor Electrónica: Se extiende el plazo general para cumplir con dicha obligación contenida en  la regla 1.5.1. y el artículo 59, fracción III de la Ley, pasando del 31 de julio de 2026 al 30 de septiembre de 2026.
  • Facilidades en Transmisión de Documentos: Hasta el 31 de diciembre de 2026, no será obligatorio transmitir los documentos referidos en las fracciones II (documentos de transporte), III (certificación de origen) y IV (documento que acredite la garantía) del artículo 81 del Reglamento, siempre que dicha información se transmita conforme al artículo 36-A de la Ley.
  • Adición del Formato E15 en el anexo 1: Se permite a los importadores optar por transmitir el formato E15 (“Información de contratos asociados a la Manifestación de Valor”) hasta el 31 de diciembre de 2026, simplificando el reporte de datos generales de los contratos.

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación oficial en el DOF conforme al artículo único transitorio, surtiendo efectos anticipados de acuerdo con la regla 1.1.2 de las RGCE 2026

En conclusión, el beneficio fundamental para los importadores radica en la flexibilidad y certidumbre operativa, ya que al otorgar una prórroga adicional de dos meses para el cumplimiento general y permitir facilidades administrativas en la transmisión de documentos y contratos hasta finales de 2026, las empresas cuentan con un mayor margen de maniobra para adaptar sus procesos internos al nuevo esquema de Manifestación de Valor sin incurrir en incumplimientos.

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